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La Página de Bedri
Libreta de apuntes
Tasa de alcoholemia

¿Qué es la tasa de alcoholemia?

Es la concentración de alcohol en sangre o en aire expirado, esto es, la cantidad de gramos o miligramos que existen en un litro de sangre o de aire, respectivamente.

La tasa de alcoholemia, medida en gramos por litro en el caso de alcohol en sangre o en miligramos por litro en el caso de aire expirado, es el número de gramos (g.) o miligramos (mg.) en un litro de sangre o de aire, respectivamente, según el sistema de medida empleado.

La alcoholemia suele alcanzar su punto máximo entre los 30 y los 90 minutos después de haber tomado la última copa, para ir descendiendo paulatinamente a un ritmo de 0,2 gramos por hora, aproximadamente.

El alcohol etílico o etanol es una droga psicodepresora de carácter sedante-hipnótico, y que, incluso en pequeñas cantidades, tiene influencia negativa en la conducción, afectando negativamente al cerebro y a la vista.

Tasa máxima de alcohol permitida administrativamente en España y la Unión Europea

Conductor Tasa en aire Tasa en sangre
General
0,25 mg/l 0,5 g/l
Novel 0,15 mg/l 0,3 g/l
Profesional
0,15 mg/l 0,3 g/l

La tasa máxima de alcoholemia permitida en la normativa administrativa de tráfico es la siguiente:

Tasa de alcoholemia según ingesta, peso y sexo.

La tasa máxima de alcoholemia que puede alcanzar una persona depende de una serie de variables como:

  • La cantidad de alcohol ingerido: Cuanto más se haya bebido mayor será la cantidad de alcohol en sangre y en aire.
  • El tipo de bebida que se consuma y la rapidez con que se ingiera.
  • Si se ha comido o no.
  • El peso de la persona.
  • Sexo: Dándose las mismas circunstancias, las mujeres suelen reflejar una mayor tasa de alcoholemia.
  • La edad: El consumo de alcohol suele afectar más a los menores de 25 años y a los mayores de 60.
En un hombre de aproximadamente 70 Kg de peso:
0.3 gr./l. de sangre 0.5 gr./l. de sangre
Cerveza 1 lata (33 cl) 2 latas
Vino 1.5 vasos (45 cl) 2.5 vasos
Whisky 1 vaso (45 cl) 2 vasos
En una mujer de aproximadamente 60 Kg de peso
Cerveza 0.5 a 1 lata (33 cl) 2 latas
Vino 1 vaso (45 cl) 2.5 vasos
Whisky 0.5 a 1 vaso (45 cl) 2 vasos

Cálculo de la tasa de alcoholemia

La cantidad de alcohol etílico que posee una bebida viene siempre indicada en la etiqueta de su envase, a veces expresado con unidades de concentración, pero la mayoría de las veces como "grados de alcohol". Se definen los grados alcohólicos como el volumen de etanol (en ml) que hay en cada 100 ml de bebida. Por ejemplo, una bebida de 7º tendrá 7 ml de etanol en cada 100 ml de bebida (o lo que es lo mismo 70 ml /litro).

Una vez que sabemos los grados y teniendo en cuenta que la densidad del etanol es de 0'8 gramos/litro (aproximadamente), podemos calcular fácilmente la concentración de etanol (en gramos/litro) haciendo una simple regla de tres, ya que hay una relación directa entre ambas magnitudes.

La tasa de alcohol en sangre para entrar en coma etílico es 4 gramos/litro. Y puede considerarse borracho con una tasa de alcoholemia de más de 1 gramo/litro.

La cantidad de alcohol que pasa a la sangre es de un 15 % el alcohol bebido por la boca. El resto se evapora en el aliento y se reparte por los órganos internos del cuerpo.

La cantidad de sangre que contiene el cuerpo humano es de un 8 % del peso del cuerpo.

Con estos datos puedes calcular el máximo que puedes beber para conducir un vehículo sin que te pongan un sanción por ir bebido.

Ejemplo:

  • Una cerveza tiene un volumen de 0,33 litros y un 5 % de alcohol.
  • El peso del bebedor/a es 70 kg.
  • Su tasa de alcoholemia después de haber bebido una cerveza será: 0,44 gramos por litro
  1. El contenido en alcohol de la cerveza será de (330x0,05) 16,5 g de alcohol.
  2. El alcohol que se absorbe es (16,5x0,15) 2,475 g.
  3. La sangre que contiene el cuerpo de 70 kg es (70x0,08) 5,6 litros.
  4. Y la tasa de alcoholemia es (2,475/5,6) 0,44 gramos por litro.

Alcoholemia una hora después de beber

Las bebidas alcohólicas hacen que veamos peor, tengamos menos reflejos, perdamos el equilibrio o incluso nos duermen. Todo esto hace que beber sea peligroso a la hora de conducir un coche o una moto, por lo que es aconsejable no conducir con tasa de alcoholemia superior a 0'65

Por eso, es importante conocer la velocidad a la que el cuerpo va eliminando poco a poco el alcohol, para saber cuánto tiempo hay que esperar después de haber bebido hasta estar en condiciones de poder conducir sin peligro.

Modifica en el dibujo la cantidad de alcohol etílico ingerida y realiza la actividad:

Podemos calcular de forma aproximada esta cantidad, ya que se ha comprobado con experimentos que una hora después de beber alcohol la tasa de alcoholemia se corresponde con la siguiente fórmula:

Tasa de alcoholemia(g/l)=m/MxE

Donde:

m= cantidad de alcohol puro ingerido expresado en gramos.

M = peso en kilogramos del individuo.

E = constante que para el hombre vale 0'7 y para la mujer 0'6.

La obligación de someterse a la prueba del alcohol

El conductor tiene la obligación legal de someterse a la práctica de la prueba de la alcoholemia y su negativa puede dar lugar a 2 tipos de responsabilidades:

Administrativa

Podemos ser sancionados por la comisión de una infracción muy grave que conlleva la imposición de una multa por importe de 300,51 € a 601,01 €, la suspensión del permiso de conducir por un periodo de hasta 6 meses y, en su caso, la retención del vehículo.

Pena

Si nos negamos a realizar la prueba podemos incurrir en un delito que puede ser sancionado con pena de prisión de 6 meses a 1 año y privación del permiso de conducir de 1 a 4 años.

También están obligados a someterse a estas pruebas de alcoholemia los peatones que se vean implicados en algún accidente de circulación si así se les requiere por los agentes.

Los derechos del conductor ante la prueba de la alcoholemia

La medición del alcohol por aire expirado se realiza mediante unos aparatos denominados etilómetros.

En los casos en los que la primera medición fuese positiva, se realizará una segunda, dejando transcurrir entre ambas al menos 10 minutos.

En estos casos, los conductores tenemos derecho a:

  • Pedir que otra persona que se halle presente compruebe que entre ambas mediciones transcurren al menos 10 minutos.
  • Formular por nosotros mismos, o por medio de algún acompañante, las alegaciones que consideremos oportunas y de las que debe dejarse constancia en la diligencia que se expida.
  • Contrastar los resultados obtenidos con el etilómetro mediante un análisis de sangre.

Si el resultado del análisis también es positivo, estaremos obligados a abonar los gastos derivados de su realización; en caso contrario, los gastos correrán por cuenta de la administración.

La legislación española

Según la Ley de Seguridad Vial (art. 65) la conducción de vehículos con tasas de alcohol superiores a las establecidas se considera infracción muy grave. También se incluye la conducción bajos los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.

También negarse a cumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia se tipifica como infracción muy grave.

Para las infracciones muy graves la multa oscila entre 302 y 602 euros junto con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de hasta tres meses.

El Código Penal (capítulo IV) dice:

  • Artículo 379: quien conduzca un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses y, en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
  • Artículo 380: cuando un conductor se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas para comprobar si conduce bajo los efectos de alguna de las sustancias descritas en el artículo anterior será castigado como autor de un delito de desobediencia graves (artículo 556 del Código Penal).
  • Artículo 381: quien conduzca un vehículo a motor o ciclomotor con temeridad manifiesta (con altas tasas de alcohol en sangre y con exceso desproporcionado de velocidad con respecto de los límites establecidos) y que ponga en peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

Las sanciones

Las sanciones que se imponen por conducir bajo los efectos del alcohol, pueden ser de 2 tipos:

Penales

La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas u otras drogas está castigada por el Código Penal por el mero hecho de que la tasa de alcohol en aire espirado supere los 0,60 miligramos por litro (equivalente a 1,2 gramos por litro en sangre), se haya producido o no un accidente. Al tratarse, no lo olvidemos, de un delito castigado por el Código Penal, el conductor se ve sometido a un juicio “de verdad” y debe estar defendido obligatoriamente por un abogado (vea nuestros servicios).

Este delito puede concurrir con la comisión de otras infracciones si el conductor se ve implicado en un accidente de circulación, tales como lesiones, homicidio involuntario, etc., así como con la responsabilidad civil que, en su caso pueda derivarse.

Administrativas

La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas puede ser sancionada también como infracción administrativa muy grave con multa de hasta 601,01 € (100.000 Ptas.) y con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de 3 a 6 meses.

No puede sancionarse la misma infracción (la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas) por la vía penal y por la vía administrativa al mismo tiempo, por lo que se tramitará primero por la vía penal y, si el juez, tras el juicio correspondiente, dicta una sentencia absolutoria, es posible que la Delegación de Tráfico inicie los tramites para sancionar la infracción administrativamente.

Inmovilización del vehículo

En el caso de que el conductor de positivo en la prueba de la alcoholemia, los agentes pueden proceder a inmovilizar el vehículo y a retirarlo a los depósitos habilitados al efecto si supone un obstáculo para la circulación.

En caso de que el conductor fuera acompañado, podrá conducir el vehículo su acompañante (si también tiene permiso de circulación) al que también se le practicará la prueba de la alcoholemia. Sólo se le permitirá conducir si el resultado es negativo.

La inmovilización tiene por objeto impedir que el conductor ebrio pueda provocar un accidente o una situación de riesgo en el tráfico, por lo que se deja sin efecto si éste designa a otra persona sobria y con permiso de conducir para que se haga cargo de la conducción o cuando se acredite que han desaparecido los efectos del alcohol.

Conviene saber, por último, que los gastos que se deriven de la inmovilización del vehículo, su traslado o su depósito, corren por cuenta del conductor del vehículo.

Efectos del alcohol en la conducción

Los efectos del alcohol dependen del nivel de alcoholemia alcanzado y a su vez de los factores personales y de las modalidades de ingestión, aumentando los efectos desfavorables mezclándolo con algunos fármacos.

Entre los factores personales se pueden distinguir:

  • El proceso de difusión del alcohol en la sangre (diferente de unas personas a otras).
  • El peso o la corpulencia (a menos peso efectos mayores).
  • La edad (menores de 25 años y mayores de 60, son más vulnerables).

Sobre las medidas de ingestión, los efectos del alcohol dependen:

  • De la cantidad que se toma (más o menos).
  • De la concentración alcohólica que contenga (más o menos grados).
  • De que se tome en ayunas (más efecto) o con las comidas (menos efecto).
  • Del ritmo de ingestión (rápidamente o a intervalos).

Los efectos más destacables son los siguientes:

  • Disminuyen los reflejos.
  • Sensación de excitación y falso estado de euforia, seguridad, optimismo y confianza en sí mismo con sobrevaloración de las propias capacidades.
  • Aumenta el tiempo necesario para reaccionar ante un peligro inesperado. Disminuye por tanto, la capacidad para calcular distancias y velocidades.
  • Incorrecta apreciación en las distancias, velocidades y modificación de la valoración del riesgo (la apreciación de distancias y velocidades resulta falseada y aumenta la osadía despreciando riesgos y peligros).
  • Reducción del campo visual, no se perciben los estímulos que se producen en los laterales modificando los movimientos normales de los ojos.
  • Disminuye la agudeza visual y aumenta la sensibilidad al deslumbramiento.
  • Se pierde el autocontrol: el sujeto se vuelve agresivo e irritable.
  • Disminución de la capacidad de reacción y concentración con efecto analgésico.
  • Los movimientos se vuelven torpes, dando lugar a frenazos, zigzagueo y volantazos.
  • Se presentan problemas de equilibrio y alteraciones en el oído y en el habla: disminuye la agudeza auditiva y se traba la lengua.
  • Aumenta la resistencia al dolor por el efecto sedante que tiene el alcohol.
  • Se producen alteraciones respiratorias.
  • Falla la memoria y la capacidad de orientación
  • Produce somnolencia.
  • Un aumento del riesgo que se produzcan accidentes en una proporción muy superior a la de la propia alcoholemia.
Efectos según tasa de alcoholemia
0,20 g/l en sangre o 0.1 mg/l en aire expirado
  • Disminución de los reflejos.
  • Falsa percepción de las distancias.
  • El riesgo de accidente se multiplica por 1.5.
0,30 g/l en sangre o 0.15 mg/l en aire expirado
  • La velocidad percibida es menor que la real.
  • Atención dividida y euforia.
  • El riesgo de accidente se multiplica por 2.
0,50 g/l en sangre o 0.25 mg/l en aire expirado
  • Incremento del tiempo de reacción.
  • Somnolencia.
  • El riesgo de accidente se multiplica por 3.

Diferentes estudios demuestran que el número de muertos en accidentes de circulación a causa del alcohol puede situarse entre el 30 y 50 por ciento del total.

Según datos del Instituto de Toxicología sobre un estudio realizado a 1.621 conductores muertos en accidentes:

  • De los 1.531 conductores de turismos y vehículos de dos ruedas fallecidos el 32,7% (501) superaban la tasa de alcoholemia permitida de 0,5 g/l en sangre (0,25 mg/l en aire espirado).
  • De los 90 conductores de camión y autobús analizados 14 (el 15,5%) superaban la tasa de alcohol permitida de 0,3 g/l en sangre (0,15 mg/l en aire espirado).

Documentación

www.dgt.es
http://www.ieslaasuncion.org
http://www.iabogado.com
http://www.geocities.com/jvilaper/tasas.htm
http://www.supermotor.com
http://descartes.cnice.mec.es