Asturias se organiza administrativamente en Concejos y
pocas veces en comarcas que solo tienen un carácter funcional o de
prestación de servicios. Los concejos se imbrican en la historia y en
la cultura lo que les da su razón de ser. Solo así se puede entender
la existencia de concejos que social, económica y funcionalmente se
puede decir que dependen de otro u otros pero que sin embargo no solo
siguen existiendo si no que nadie, de ningún sitio, se atrevería jamás
a hacerlos desaparecer, ni siquiera a proponerlo. Son parte de nuestra
propia identidad.
Según el Estatuto de Autonomía de Asturias, a efectos administrativos,
la Comunidad está dividida en 78 concejos, figura que cuenta con el
mismo valor legal que el municipio. La entidad menor que el concejo es
la parroquia, que no tiene por qué coincidir necesariamente con la
parroquia eclesiástica. Dentro de cada parroquia se distinguen los
diferentes barrios, los caseríos y los lugares.
Los 78 concejos asturianos son:
Allande,
Aller, Amieva,
Avilés, Belmonte de
Miranda, Bimenes,
Boal, Cabrales,
Cabranes, Candamo,
Cangas del Narcea, Cangas de
Onís, Caravia,
Carreño, Caso,
Castrillón, Castropol,
Coaña, Colunga,
Corvera de Asturias, Cudillero,
Degaña, El Franco,
Gijón, Gozón,
Grado, Grandas de Salime,
Ibias, Illano,
Illas, Langreo,
Laviana, Lena,
Valdés, Llanera,
Llanes, Mieres,
Morcín, Muros del Nalón,
Nava, Navia,
Noreña, Onís,
Oviedo, Parres,
Peñamellera Alta, Peñamellera Baja, Pesoz, Piloña, Ponga, Pravia,
Proaza, Quirós, Las Regueras, Ribadedeva, Ribadesella, Ribera de
Arriba, Riosa, Salas, San Martín del Rey Aurelio, San Martín de Oscos,
Santa Eulalia de Oscos, San Tirso de Abres, Santo Adriano, Sariego,
Siero, Sobrescobio, Somiedo, Soto del Barco, Tapia de Casariego,
Taramundi, Teverga, Tineo, Vegadeo, Villanueva de Oscos, Villaviciosa, Villayón, .